FAQ´s

Todas las respuestas sobre CIRCULAR PLACE

¿Quién constituye CIRCULAR PLACE?

CIRCULAR PLACE está constituido por los Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del productor (SCRAP) pertenecientes a la Oficinas de Coordinación de RAEE (OfiRAEE).

Estos son: AMBILAMP, ECOASIMELEC, ECOFIMÁTICA, ECOLEC, ECOLUM, ECO-RAEE’s, ECOTIC y EUROPEAN RECYCLING PLATFORM

¿Quién puede participar en CIRCULAR PLACE?

En la actualidad pueden participar en CIRCULAR PLACE:

  • Productores de AEE (aparatos eléctricos y electrónicos) adheridos a alguno de los SCRAP constituyentes de CIRCULAR PLACE para la gestión de residuo de sus productos.
  • Distribuidores mayoristas.
  • Entidades sin ánimo de lucro que quieran/necesiten aparatos eléctricos y electrónicos como aparatos de iluminación, equipos de informática, climatizadores, material eléctrico entre otros aparatos eléctricos y electrónicos, para proyectos de pobreza energética, rehabilitación con fines sociales o proyectos solidarios y/o educativos.
¿Es CIRCULAR PLACE un servicio gratuito?

El uso de CIRCULAR PLACE, es totalmente gratuito tanto para productores/distribuidores como para entidades sin ánimo lucro.

  • Si eres productor deberás ser productor adherido a alguno de los SCRAP integrantes de la Oficina de Coordinación de RAEE (http://www.ofiraee.es/).Si por el contrario eres distribuidor mayorista deberás, o bien estar asociado a ADIME o tener un punto de recogida AMBILAMP-AMBIAFME. o pasar por un proceso de aprobación por parte de los SCRAP participantes de CIRCULAR PLACE. En este último caso, contactar primero con CIRCULAR PLACE
  • Si eres una entidad sin ánimo de lucro puedes consulta los requisitos para poder participar.
¿Qué requisitos hay que cumplir para ser una organización receptora de la donación de material?
  • Ser una entidad pública.
  • Estar al corriente del pago de sus obligaciones fiscales y laborales.
  • Presentar los documentos solicitados, entre los que estarán los Estatutos, para completar correctamente la validación.
  • En caso de solicitar alguno de los productos dentro del Marketplace, debe comprometerse a aceptar las condiciones de entrega y documentación del productor o distribuidor.
  • Facilitar documentación y posible material gráfico del proyecto al que se va a destinar el producto. Algunos donantes pueden exigir que se les envíe documentación sobre el proyecto tras la donación.
  • Certificado de donación para la desgravación fiscal, siempre que la entidad donante lo solicite, por el valor contable del material donado.

Requisitos para participar ORG. NO LUCRATIVA

¿Qué tipo de material podemos encontrar en CIRCULAR PLACE?

Podrás encontrar todo tipo de aparatos eléctricos y electrónicos de baja tensión tanto del ámbito doméstico como profesional como monitores, pantallas, pequeños electrodomésticos, bombillas e iluminación, aparatos de material eléctrico destinados a instalaciones de baja tensión (tomas de corriente, pulsadores, protecciones) para viviendas y edificios y equipos de informática y telecomunicación.

¿Cómo se decide a qué organización se le dona un determinado material?

La elección de la organización receptora de una donación corresponde en todos los casos al propio productor y por orden de petición, siempre y cuando la organización y el proyecto cumplan con los requisitos necesarios bajo los criterios establecidos en CIRCULAR PLACE y bajo criterio del productor o donante del material.

¿Cuánto tiempo pasa desde que se solicita el ingreso a CIRCULAR PLACE por parte de una organización o un fabricante/productor hasta que está operativo dentro de la plataforma?
  • Para un productor o fabricante, adherido a un SCRAP participante de CIRCULAR PLACE se debe hacer un pre-registro en CIRCULAR PLACE. La validación de acceso a CIRCULAR PLACE dependerá del SCRAP al que el productor se encuentre adherido. Se recomienda comentarlo antes con el SCRAP al cual está adherido el productor.
  • Para un distribuidor de material eléctrico asociado ADIME debe contactar con ADIME. Los distribuidores no ADIME deberán contactar directamente con los administradores de CIRCULAR PLACE (info@circularplace.org)
  • Para una entidad sin ánimo de lucro tendrá que hacerse el pre-registro a través del acceso para este tipo de organizaciones y, una vez hecho, CIRCULAR PLACE contactará (por sus medios o a través de un tercero) con el usuario que haya hecho el pre-registro para poder finalizar el proceso de registro adecuadamente.
¿Cómo se lleva a cabo el control sobre buen estado de los productos, su recogida, su transporte y su destino?
  • En lo que respecta al estado de los productos es el productor/distribuidor el que garantiza que el producto donado cumple con los requisitos establecidos para poder participar en CIRCULAR PLACE.
  • En cuanto a las condiciones de recogida, trasporte y entrega en destino, es el propio productor/distribuidor para cada caso quien indica dichas condiciones y estas están visibles a la hora de hacer la oferta de producto, de tal forma que la Entidad sin ánimo de lucro conoce dichas condiciones antes de solicitar la donación.
¿Cómo se verifica que el material acaba utilizándose en instalaciones y para actividades de las organizaciones y no para usos particulares?

Siempre que el Productor/Distribuidor donante lo exija, las entidades sin ánimo de lucro deberán facilitar documentación y posible material gráfico del proyecto al que se ha destinado el producto antes y después de la donación a petición del productor/distribuidor.  Ver requisitos para ser Org. No Lucrativa.

¿Existe algún manual o guía de usuario que explique detalladamente el funcionamiento del marketplace?

En el menú de la parte privada de productor/distribuidor existe un enlace que permite acceder a la Guía de Usuario de Productor en formato PDF.

En el menú de la parte privada de Organización No Lucrativa existe un enlace que permite accceder a la Guía de Usuario de Organización No Lucrativa en formato PDF.

¿Cuál es la diferencia entre una oferta de "producto" y una oferta de "lote"?

Los productores/distribuidores pueden introducir las ofertas de 2 formas:

  • Oferta tipo «Producto»: Es una oferta en la que se ofrece una sola referencia de producto con una determinada cantidad de unidades disponibles a donar. En este caso, la organización no lucrativa puede solicitar tantas unidades como requiera siempre que no exceda el número de unidades disponibles.
  • Oferta tipo «Lote»: Una oferta tipo lote está formada por una o varias referencias de productos (pueden ser totalmente distintos) con diferentes cantidades por cada tipo de producto; po lo que cada lote que se pida llevará uno o varias productos con unas cantidades fijas. Es una agrupación de productos. El productor/distribuidor también definirá la cantidad de lotes (idénticos) disponibles para que la organización no lucrativa pueda escoger un número de lotes que no exceda al número de lotes disponibles.

La oferta por lotes es muy recomendable cuando el productor/distribuidor tenga cajas o pallets con uno o varios productos que no le interese desagrupar. Se recomienda, en la medida de lo posible, hacer agrupaciones en lotes de pocos productos.

Soy una entidad sin ánimo de lucro, ¿qué información voy a tener del producto ofertado en el Marketplace CIRCULAR PLACE?

Las Entidades Sin Ánimo de lucro escogerán la oferta de productos o de lotes en función de la descripción de la misma. Todo producto (se oferta de producto o. delote) debe contar en su descripción con la siguiente información:

  • Nombre del producto.
  • Imagen del producto
  • Categoría del producto (tipo de producto)
  • Unidades disponibles para donar
  • Fecha de disponibilidad:  tiempo de exposición de la oferta en CIRCULAR PLACE.
  • Marca.
  • Productor (empresa que lo ofrece)
  • Descripción con las características básicas.
  • Peso orientativo de una unidad (Kg).
  • Tara del producto (SI/NO) (siempre y cuando no afecte a su funcionamiento)
  • Garantía
  • Link de la web
  • Documentación adicional en un archivo (opcional)

Además, en cada oferta se definirán:

  • Condiciones de transporte.
  • Necesidad de certifcado de donación: SI hace falta / NO hace falta.
  • En el caso de la oferta tipo Lote, también se indicará la cantidad de lotes disponibles.
En caso de que un producto esté en mal estado una vez recibido por la organización, ¿cuál es el procedimiento que hay que seguir?

Notificar el estado de producto una vez recibido, tanto al productor/distribuidor como a CIRCULAR PLACE. En caso de que dicho producto deba ser tratado como residuo el SCRAP al cual esté adherido el Productor/Distribuidor se hará cargo del mismo para su recogida y posterior gestión.

¿Incluirá CIRCULAR PLACE también el servicio técnico de los productos? ¿Contarán con garantía?

El Servicio que proporciona CIRCULAR PLACE es el de poner en contacto productores/distribuidores y entidades para su donación. Este servicio no incluye un servicio técnico de los productos más allá del que pueda ofrecer el productor/distribuidor donante. En cuanto a la garantía es también la marcada por el productor/distribuidor en el momento de la oferta del producto.

¿Las organizaciones podrán vender los productos donados?

No, los productos son para uso en un proyecto no para reventa de materiales.

Si alguna entidad vendiera el material sería inmediatamente bloqueada en el sistema y se deshabilitaría el acceso a todos sus usuarios.

¿Qué es un certificado de donación para desgravación fiscal y qué entidades sin ánimo de lucro pueden emitir el certificado?

Es un documento expedido por la entidad beneficiaria de la donación que acredita la efectividad de la donación y en el que constan los siguientes datos:

  • NIF del donante y de la entidad donataria.
  • Confirmación de que la donación es deducible: mención expresa a que la entidad donataria es una entidad beneficiaria del mecenazgo (artículo 16 de la Ley 49/2002).
  • Fecha e importe del donativo.
  • Destino de la donación.
  • Mención expresa de carácter irrevocable de la donación.

El certificado de donación para la desgravación fiscal sólo puede ser emitido por aquellas entidades sin ánimo de lucro que sean entidades beneficiarias del mecenazgo según el árticulo 16 de la Ley 49/2002.

Consultar el documento de “ASPECTOS FISCALES DE LA NUEVA LEY 7/2022 DE RESIDUOS: IVA E IMPUESTO DE SOCIEDADES” es el siguiente link.

¿Cuál es la desgravación fiscal por una donación para el productor/distribuidor de CIRCULAR PLACE?

Los productores/distribuidores de CIRCULAR PLACE, como personas jurídicas, tendrán derecho a deducir de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, el 35% del valor de la donación. Además, para donaciones plurianuales: el 35% de incrementará al 40% si la empresa o entidad ha realizado donaciones por importe o valor igual o superior a la misma fundación en los dos ejercicios anteriores.

Esta deducción en cuota proporciona a las donaciones una mejor fiscalidad que si fueran gastos deducibles.

A estos efectos, ha de tenerse en cuenta que la base de la deducción, en ningún caso, podrá exceder del 10% de la Base Imponible del período impositivo. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.

Es muy importante que los Productores/Distribuidores indiquen en las ofertas de Producto o Lote (de CIRCULAR PLACE) si van a necesitar el certificado de donación para la desgravación fiscal a las entidades sin ánimo de lucro donatarias.

En la definición de las ofertas en las que se pide certificado de donación, existe la posibilidad de incluir el valor contable (en euros) de cada producto. No es obligatorio rellenar este dato, pero es importante que la entidad receptora de la donación tenga esta información para realizar el documento del certificado de donación para la desgravación fiscal.

Consultar el documento de “ASPECTOS FISCALES DE LA NUEVA LEY 7/2022 DE RESIDUOS: IVA E IMPUESTO DE SOCIEDADES” es el siguiente link.

¿Cómo un productor/distribuidor debe valorar sus productos donados para una desgravación fiscal por donación?

En las donaciones de bienes (caso de CIRCULAR PLACE) la base de la deducción será el valor contable que tuviese en el momento de la transmisión (artículo 18, Ley 49/2002):

  • Bienes producidos por el donante: coste de fabricación.
  • Bienes nuevos adquiridos de terceros: el precio de adquisición.
  • Bienes usador por el donante: valor neto contable (valor adquisición de amortizaciones).

A efectos de las Bonificaciones aplicables por Donaciones en el Impuesto de Sociedades, los valores que deberán ser considerados serán los valores contables netos registrados en la fecha de entrega sin incluir IVA).

Consultar el documento de “ASPECTOS FISCALES DE LA NUEVA LEY 7/2022 DE RESIDUOS: IVA E IMPUESTO DE SOCIEDADES” es el siguiente link.

¿Habrá un máximo de donaciones que podrá recibir una organización?

En principio no está contemplado que una organización obtenga un número máximo de donaciones a lo largo de un año. Las donaciones se producirán siempre y cuando se encuentre el punto en común entre los productos disponibles y los proyectos presentados.

¿Qué tratamiento tienen las donaciones con respecto al IVA?

En la nueva Ley 7/2022 de Residuos y Suelos contaminados para una economía circular, se ha incluido en la Disposición Final Tercera una modificación del artículo 79 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del IVA sobre Bases Imponibles y un nuevo apartado al artículo 91 de la misma dónde se considera que la base imponible para el IVA en caso de donación a una entidad sin ánimo de lucro es 0.

Las entidades sin ánimo de lucro, en el momento de realizar la declaración de los bienes recibidos en donación en el Modelo 303 de IVA, no deberán incluir ninguna Base Imponible por los bienes recibidos, ya que su valor a efectos de IVA es cero.

De acuerdo con la Ley 37/1992 (artículo 91.4) sobre el IVA, los Productores o Distribuidores que realicen donativos a entidades sin fines de lucro, deberán considerar estas operaciones como entregas de bienes al tipo del 0% del IVA.  Por otro lado, la Base Imponible que deberá declararse será el valor contable neto (coste de compra o producción menos depreciaciones o amortizaciones) que tuvieran los bienes donados en la fecha de entrega.

Consultar el documento de “ASPECTOS FISCALES DE LA NUEVA LEY 7/2022 DE RESIDUOS: IVA E IMPUESTO DE SOCIEDADES” es el siguiente link.

¿Cómo debe considera una entidad sin ánimo de lucro las donaciones en el impuesto de sociedades?

El ingreso de la donación sería un ingreso exento en el Impuesto de Sociedades conforme al art. 6 de la ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

La donación, si es en especie, se debe considerar a valor de mercado o valor razonable acompañado de un Certificado o documento.

Las donaciones recibidas deben ser comunicadas a la AEAT a través de la presentación del Modelo informativo 182 de forma anual en el mes de enero.

Consultar el documento de “ASPECTOS FISCALES DE LA NUEVA LEY 7/2022 DE RESIDUOS: IVA E IMPUESTO DE SOCIEDADES” es el siguiente link.

¿Los AEE (aparatos eléctricos y electrónicos) donados se consideran como productos puestos en el mercado según el RD RAEE110/2015?

La donación de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) considerados en las diferentes categorías del RD RAEE 110/2015  (Anexo III) es interpretada como una puesta en el mercado; por lo que los productores/distribuidores deberán responsabilizarte de su recogida y tratamiento al final de su vida útil según las obligaciones que dictamina el RD RAEE 110/2015, y por lo tanto informar sobre el producto en la plataforma de declaraciones como si de una venta se tratara.